A la hora de planificar la herencia, surgen muchas dudas sobre cómo y cuándo distribuir los bienes. Porque más allá de hacer testamento, surgen un montón de interrogantes sobre el momento adecuado y sobre cuál es la mejor fórmula para pagar el mínimo de impuestos posibles. Además, hay que tener en cuenta que la normativa es cambiante, y que dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que residas, puede ser más beneficioso dejar en herencia que donar.
En este sentido, la Dirección General de Tributos ha confirmado con una resolución vinculante una ventaja fiscal que muchos españoles desconocen, y que permite que los mayores de 65 pueden donar o vender su vivienda habitual sin tributar en el IRPF, aplicando la exención prevista en la ley.
Durante una entrevista en La Roca, el abogado Manuel Hernández, de Vilches Abogados, explicó la letra pequeña de esta medida de Hacienda para los mayores de 65 años que quieran donar o vender su vivienda.
¿Qué conviene más a la hora de planificar la herencia?
A la hora de planificar la herencia, muchos se plantean si conviene más hacer una donación, dejar en herencia la casa, o hacer una venta y comprarla si eres hijo. Tal y como explica Manuel Hernández a Nuria Roca, "lo que se plantea por parte del Gobierno es que se limite la bonificación o las exenciones fiscales en los impuestos de sucesiones y donaciones, lo cual genera cierta alarma en las personas que están pensando en cómo van a transmitir esos bienes por vía de herencia o de donación".
En este momentos, si queremos donar en vida un inmueble, y con la medida confirmada por Hacienda, es fundamental tener en cuenta que si el donante tiene más de 65 años o menos de 65. Para los mayores de 65 años que quieran donar o vender su vivienda, no deberán tributar en el IRPF, siempre que cumplan una serie de requisitos, como que sea la residencia habitual del donante desde hace al menos 3 años, y que no sea una segunda residencia, ya que este tipo de viviendas no entran en este caso.
Además, la plusvalía municipal debe pagarse igualmente, "un gasto que puede ser más o menos elevado dependiendo de dónde residas", explica el abogado a la presentadora del programa, Nuria Roca.
Por otro lado, si el donante tiene menos de 65 años, la venta o donación si tributarán en el IRPF, concretamente la diferencia entre el valor de lo adquirido y lo donado. "Si yo lo adquiero por 100.000 euros, y lo dono por 180.000 euros. Si no, Hacienda te dice que no, que el valor del inmueble en el mercado actual tiene una diferencia de 80.000 euros" con respecto al momento de la compra. "Esa diferencia de 80.000 euros tributa normalmente una media del 20%".
Qué ocurre cuando una vivienda pertenece a una pareja en la que uno tiene más de 65 años y el otro no
Pero claro, muchas veces la pareja que quiere vender o donar la vivienda no tienen la misma edad. Puede que uno de los miembros de la pareja tenga más de 65, y la otra parte sea menor de esa edad. Entonces, ¿qué sucede en ese caso? Según este abogado, "el que es menor de 65 tendría que tributar el IRPF de su parte correspondiente, mientras que el mayor de 65 quedaría exento".
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