Cómo solicitar el Bono Social Eléctrico y conseguir ayudas de hasta un 40% de descuento en la factura de la luz

Estos son los requisitos del Bono Social Eléctrico pensado para la población más vulnerable que incluye personas mayores

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La factura de la luz ha sufrido nuevos cambios desde enero de 2024. Desde entonces, se ha comenzado a aplicar una nueva fórmula para calcular el precio de la tarifa regulada, así como la subida de los impuestos eléctricos.

Mientras que durante los últimos meses se daba un poco de tregua en la factura de la luz, con la llegada de marzo la vuelta de la subida del IVA al 21%, el precio se incrementa de nuevo. Así lo explican en la OCU: “Con la bajada de los precios de producción de la electricidad en febrero de 2024, la factura media de un hogar con la tarifa PVPC durante ese mes sería de 51,64 euros, bastante más barata que en enero (63,10 euros). La contribución de la energía eólica ha sido muy potente y hay que remontarse a octubre de 2020 (35,56 euros/MWh) para encontrar un mes con un precio medio inferior a los 40 euros/ MWh que ha marcado febrero. Sin embargo, estos bajos precios han traído otra consecuencia: el IVA retornará a su nivel habitual del 21% en marzo debido a que las reglas fiscales para paliar la crisis energética fijaban un tope de 45 €/MWh por debajo del cual se dejaría de aplicar el IVA reducido del 10%. Con este cambio, el IVA subirá al 21% para las facturas que incluyan algún día de marzo. Por tanto, puede haber usuarios que apenas noten que la electricidad ha sido más barata”.

El sistema de cálculo progresivo del PVPC, es el que también ha sufrido cambios y está previsto que vaya incrementando de la siguiente manera: el 25% del PVPC lo fijarán los precios a futuro, en 2025 será el 40% y en 2026, el 55%. Con esto se pretende evitar los picos de subidas y bajadas en el recibo de la luz. Este nuevo cálculo, aún siendo beneficioso a largo plazo, no permitirá que la bajada se traslade los hogares, sino que se traduce en “un incremento de casi 5 euros en la factura final, un 10% más de lo que hubieran pagado con el método anterior”.

Por ello, desde el Ministerio de Transacción Ecológica y el Reto Demográfico han puesto a disposición de la población más vulnerable, entre la que se incluyen personas mayores, el Bono Social Eléctrico, un descuento que se aplica en la factura eléctrica.

Factura Luz Calculadora

¿Qué es el Bono Social Eléctrico?

El Bono Social Eléctrico se trata de un descuento en la factura de la luz regulado por el Gobierno que se aplica sobre PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor), a un límite máximo de energía en el periodo de facturación y que pretende proteger a los hogares considerados vulnerables o vulnerables severos que cumplan con una serie de condiciones socioeconómicos y en riesgo de exclusión social.

Requisitos del solicitante

Para poder solicitar este descuento se debe tener contratada la tarifa eléctrica PVPC y cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el titular sea persona física.
  • Que el Punto de Suministro para el que se solicite la aplicación del bono social sea el de la vivienda habitual.
  • Que el titular está acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepta la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
  • Que la potencia contratada para dicho punto de suministro sea igual o inferior a 10 kW.

¿Qué condiciones hay que cumplir?

  • Que el nivel de renta de la unidad familiar sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.600 €/año).
  • Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador anterior se incrementará en 0,3 (2.520 €/año) por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 (4.200 €/año) por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
  • Adicionalmente, el multiplicador resultante se incrementará en 1 si se dan circunstancias especiales: una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género, sea  víctima del terrorismo, se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
  • Estar en posesión del título de familia numerosa.
  • Que el propio consumidor o en caso de que exista Unidad de convivencia, todos los miembros que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que cumplan estas dos condiciones: perciban la cuantía mínima vigente en cada momento para cada tipo de pensión. O, en el caso de percibir otros ingresos,  que la cuantía agregada anual no supere los 500 euros.
  • Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
Billetes Euros

¿Quienes son los consumidores vulnerables severos?

Para que se considera que un consumidor es vulnerable severo, tiene que reunir alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que el nivel de renta sea igual o inferior al 50% de lo requerido para el consumidor vulnerable, en cada una de las condiciones correspondientes.
  2. Que estando en posesión del título de familia numerosa, su renta sea igual o inferior a 2 veces el IPREM (16.800 €/año).
  3. Que percibiendo el consumidor o la Unidad de convivencia la pensión mínima del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, (y que, en el caso de percibir otros ingresos, la cuantía agregada anual no supere los 500 euros), su renta sea igual o inferior a 1 vez el IPREM (8.400 €/año).

Además, si el consumidor vulnerable severo, es atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura se considerará , consumidor en riesgo de exclusión social, y su suministro no podrá ser interrumpido.

Por último, un hogar se considerará “hogar con bajos ingresos según el Real Decreto-ley 18/2022” si:

  • El nivel de renta de la Unidad de convivencia es igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas y superior a 1,5 veces dicho indicador, es decir, si el nivel de renta se sitúa entre 12.600 y 16.800 €/año.
  • Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador anterior se incrementará en 0,3 (2.520 €/año) por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 (4.200 €/año) por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
  • Adicionalmente, el multiplicador resultante se incrementará en 1 si se dan las circunstancias especiales mencionadas para consumidores vulnerables.

Otros beneficios que aporta este Bono

Asimismo, también se explica desde la web del Ministerio que otros beneficios de este bono son:

  • Disponer de facturas eléctrica más claras y “sin letra pequeña”
  • Contar con un periodo más prolongado para hacer frente a los impagos
  • No se interrumpirá el suministro en caso de impago a los hogares que dispongan de él siempre y cuando: haya un menor de 16 años, uno de los miembros tenga discapacidad igual o superior al 33% o tenga grado de dependencia II o III.

Para más información se pueden consultar las siguientes páginas oficiales a las que hace referencia el Ministerio: https://energia.gob.es/bono-social y www.cnmc.es/bono-social.

Fotos |  Pixabay Pavel Danilyuk Mikhail Nilov Pexels

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