Hay temas que en las familias se evitan hasta que ya no se pueden evitar más. La herencia es uno de ellos. Se habla poco, se planifica menos, y cuando llega el momento (que siempre llega) es cuando empiezan los problemas. Las disputas entre hermanos, los primos que aparecen de la nada, los cónyuges que no sabían exactamente a qué tenían derecho. Todo eso, en gran medida, se puede prevenir haciendo testamento y dejándolo todo bien claro para que no haya lugar a dudas. Pero para eso hay que entender cómo funciona realmente el sistema.
María Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado y notaria en ejercicio, lo explicó con bastante claridad en el programa La Tarde de COPE: hacer testamento no es solo cosa de ricos ni de personas mayores con muchos bienes. Es, básicamente, una forma de ahorrarle a tu familia trámites engorrosos y, sobre todo, de decidir tú lo que quieres que pase con lo tuyo.
Por qué hacer testamento (aunque no tengas mucho que repartir)
La primera ventaja es procedimental. Sin testamento, los herederos tienen que hacer lo que se llama el acta de declaración de herederos, un trámite que puede alargarse y que tiene un coste tanto económico como de tiempo. Con testamento, ese proceso desaparece o se simplifica mucho.
Pero la segunda ventaja es la que más importa. "Al acudir al notario a hacer testamento, la persona va a conseguir adecuar su sucesión a lo que son sus necesidades, sus intereses, sus deseos o las necesidades que ve en su familia", explicaba Barea. Y todo eso, además, con el control de legalidad del notario, que garantiza que lo que se ha decidido es válido y no va a dar problemas más adelante.
El coste, por cierto, es mucho menor de lo que suele imaginarse. Según indicaba la propia notaria, hacer un testamento puede costar entre 40 y 60 euros. Un precio bastante asequible, considerando lo que se puede evitar en el futuro.
Otro punto que Barea aclaró: el testamento no tiene que ser un inventario detallado de todos los bienes. En el caso más habitual, basta con indicar quién se queda con el usufructo de la herencia (habitualmente el cónyuge) y quiénes son los herederos finales. Y si en algún momento cambia la situación familiar o simplemente cambia de opinión, el testamento se puede modificar tantas veces como se quiera. El último siempre es el válido.
La legítima: el límite que la ley impone a tu voluntad
Aquí viene la parte que más sorprende a la gente. Hay una idea bastante extendida de que si uno quiere desheredar a un hijo (por el motivo que sea, porque hay una mala relación, porque lleva años sin dar señales de vida) puede hacerlo sin más. No es así.
"En nuestro derecho común y también en varios derechos forales existe ese concepto de legítima, que es una parte de la herencia que la ley reserva necesariamente a determinados parientes", explicaba Barea. Esos parientes son, en primer lugar, los descendientes (hijos, nietos); en su defecto, los ascendientes (padres, abuelos); y también el cónyuge, que tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia.
Lo que esto significa en la práctica es que no se puede apartar a un heredero legitimario simplemente porque uno quiera. "Tiene que concurrir alguna de las causas específicas de desheredación que establece el Código Civil", subrayaba la notaria. Y esas causas son tasadas, no las decide el testador: hablamos de situaciones de maltrato, injurias graves, abandono, negación de alimentos... supuestos que no son exactamente los más comunes en la vida cotidiana.
Dicho esto, Barea también señalaba que el Tribunal Supremo ha ido flexibilizando la interpretación de esos supuestos en los últimos años. Lo que antes podía no considerarse causa suficiente, hoy puede serlo dependiendo de las circunstancias. Por eso, si alguien cree que tiene motivos para intentar una desheredación, lo que tiene que hacer es contárselo al notario, que valorará si es viable o no antes de incluirlo en el testamento.
Entonces, ¿qué puedo hacer con mi herencia?
Dentro de los márgenes que fija la ley, bastante. El tercio de mejora, el tercio de libre disposición, la posibilidad de establecer usufructos, fideicomisos o condiciones concretas... hay más margen del que la mayoría imagina. Pero para aprovecharlo bien hay que conocerlo, y para conocerlo hay que sentarse con un notario o con un abogado y explicarle la situación familiar con detalle.
La conclusión de Barea es sencilla: el testamento es una herramienta que existe precisamente para que las personas puedan decidir, dentro de lo que permite la ley, qué pasa con lo suyo cuando ya no estén.
Fotografías | Notarios de España, Freepik, Freepik, Freepik
En Trendencias | David Jiménez, abogado experto en herencias: "Siempre que puedas, evita los usufructos y deja todo en pleno dominio a la hora de hacer testamento"
En Trendencias | La notaria María Cristina Clemente desmonta el mito: "Ser cotitular en una cuenta no te hace dueño del dinero"
En Trendencias | Pablo Ródenas, abogado: "Esta es la fórmula más sencilla para heredar la vivienda de tus padres sin que Hacienda se lleve la parte más gorda"
Ver 0 comentarios