Las herencias y los conflictos familiares van de la mano con una frecuencia que a veces incomoda reconocer. No porque las familias sean especialmente conflictivas, sino porque cuando muere alguien a quien quieres, el reparto de lo que deja convierte a personas que hasta entonces se llevaban razonablemente bien en adversarios con intereses contrapuestos. Y lamentablemente, eso pasa hasta en las mejores familias.
Más allá de errores a la hora de hacer testamento, o aceptar una herencia que puede llegar a arruinarte, gestionar la herencia entre hermanos es un problema recurrente en muchas familias. Y en ese ámbito, hay un escenario que genera tensión y conflictos a la hora de heredar: el de la vivienda ocupada por uno de los herederos. El abogado Manuel Hernández, socio director de Vilches Abogados, ha explicado este caso en un vídeo publicado en el canal de YouTube de su despacho.
El punto de partida: la autorización muere con los padres
El caso más habitual tiene una lógica comprensible y que podemos ver en muchas familias. Un hijo o una hija vive en la casa familiar durante años, a veces porque no ha llegado a irse de casa, o porque ha atravesado una mala racha económica o ha tenido que afrontar un divorcio que le ha hecho volver a la casa paterna o a un piso que es propiedad de la familia. Los padres lo consienten en vida, y todo funciona mientras ellos viven. El problema llega cuando los padres fallecen, y el resto de hermanos quieren alquilar o vender esa vivienda.
Según Hernández, ese permiso deja de tener efecto cuando los padres fallecen. A partir de entonces, la vivienda pasa a ser un bien común de la herencia, y ningún heredero tiene derecho exclusivo sobre ella, salvo que esté establecido en testamento o exista una adjudicación formal.
O dicho de otra forma: que tus padres te dejaran vivir en su casa no significa que puedas seguir haciéndolo una vez que son los coherederos quienes mandan sobre ese bien. Y cuando los coherederos no están de acuerdo, la situación puede convertirse en un bloqueo que dura años.
El/la 'ocupa' puede ser propietario de una cuota de la herencia. Pero eso no le da derecho a usar el inmueble en exclusiva. La razón es que ese uso impide al resto de coherederos la libre disposición del inmueble.
En esa situación, el que está dentro no tiene prisa, ya que tiene todos los incentivos para no moverse: vive gratis, sin contrato, sin facturas de alquiler, y mientras los coherederos no actúen legalmente, puede seguir así indefinidamente. La inercia favorece al que está dentro. Y el que está fuera no puede hacer nada. O eso parece, hasta que interviene un abogado.
Las dos actuaciones de las que habla Hernández
Según este abogado, cuando un inmueble pertenece a varios herederos pero uno de ellos lo ocupa sin autorización expresa, se generan dos posibles caminos legales: el desahucio por precario o la división judicial de la herencia. La elección depende de si los herederos que reclaman la desocupación cuentan o no con la mayoría dentro del reparto.
La primera opción funciona cuando los coherederos que quieren recuperar el inmueble suman más del 50% de la titularidad hereditaria. "Si somos mayoría dentro de la herencia y, por tanto, los herederos que quieren que ese heredero desaloje el inmueble, podemos iniciar un procedimiento de desahucio por precario", detalla Hernández. Y para que quede claro de qué estamos hablando, el abogado usa una comparación que todo el mundo entiende: "Es como cuando dejas de pagar el alquiler y te interponen una demanda de desahucio, exactamente lo mismo".
¿Y cuando no hay mayoría? Aquí entra la segunda vía. En el procedimiento de división de herencia judicial, el inventario incluye una deuda de ese heredero con la masa hereditaria por las rentas de mercado que se deberían abonar mensualmente por el uso del inmueble. Es decir, cada mes que el heredero siga viviendo en la vivienda sin autorización, esa cantidad (fijada mediante una pericial de mercado) se va restando de su parte de la herencia.
"Eso hace que la situación cómoda se convierta en incómoda", resume Hernández. Y esta es precisamente la clave de este mecanismo: no siempre se puede forzar una salida inmediata, pero sí se puede hacer que quedarse dentro salga caro.
La autorización no la da el fallecido, la dan los coherederos
Hay otro punto que el abogado subraya y que conviene tener claro, porque es donde muchas personas se confunden. "La autorización no deviene ya del propietario originario, sino de los otros copropietarios, de los otros herederos", explica Hernández. Si el resto no aprueba que uno de ellos permanezca en el inmueble, esa ocupación se considera sin título y puede ser reclamada judicialmente.
Esto cambia el marco mental de la discusión. No se trata de si papá o mamá daban permiso. Se trata de si los herederos, ahora copropietarios, lo dan. Y si no lo dan, la ley tiene mecanismos para actuar.
Fotografías | Vilches Abogados, Freepik, Freepik
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