Recibir una herencia supone además de un momento amargo a nivel personal, una serie de trámites de gestoría, así como con Hacienda, que pueden generar muchas dudas. Una de las más habituales tiene que ver con la declaración de la Renta: ¿hay que incluir los bienes que hemos heredado? ¿Se paga IRPF por recibir una vivienda, un coche o un fondo de inversión?
David Jiménez, abogado especializado en herencias y fiscalidad, aclara algunas de estas cuestiones en uno de sus vídeos de redes sociales.
Heredar una casa no significa tener que pagar IRPF por ella
Una de las primeras cuestiones que conviene tener claras es que recibir un bien en herencia no implica, por sí mismo, tener que pagar IRPF. Tal y como explica Jiménez, "los bienes adquiridos por herencia tributan por la ley de Sucesiones por lo que si los metieras en la declaración de la renta estarías pagando dos veces por lo mismo”.
El articulo 6.4 de la Ley de IRPF dice que, si se ha tributado por Sucesiones, no se tributa por el IRPF. Esto significa que, en el momento de heredar una vivienda, un vehículo o un fondo de inversión estos no generan una tributación adicional en la declaración de la Renta. La razón es que la adquisición de esos bienes ya está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, como dice el experto. "Imagina que heredas un piso de 300.000 euros. Pagas tu Impuesto de Sucesiones como heredero y listo. Ese "ingreso" no se suma a tu nómina ni a tus rentas del año en la declaración del IRPF”, pone como ejemplo.
Y continúa explicándolo desde otra perspectiva, "una vez que se ha aceptado la herencia, ese bien adquirido deberá tributar conforme a la normativa del IRPF", señala el experto, y "por recibirlo has pagado Sucesiones pero una vez que es tuyo debe aplicarse la normativa general del IRPF". Por lo que cuando tengas un piso en calidad de propietario, no como heredero: "Si alquilas un piso tienes que tributar por él, si lo vendes tienes una ganancia patrimonial y si lo dejas vacío tienes que tributar como imputación de renta inmobiliaria", detalla.
Después de aceptar la herencia, esos bienes deben seguir las reglas habituales del IRPF
Del mismo modo, si por ejemplo heredamos un fondo de inversión y posteriormente lo vendemos, la operación tendrá que tributar siguiendo las reglas habituales del IRPF. Es decir, tal y como menciona el abogado: "El Impuesto de Sucesiones grava el cambio de manos del patrimonio y el IRPF entra en juego si ese patrimonio empieza a producir (si alquilas el piso o si lo vendes más adelante obteniendo una ganancia)”, concluye.
En definitiva, recibir una herencia no significa que tengamos que pagar IRPF automáticamente por los bienes que pasan a nuestro nombre, pero sí conviene tener claro qué ocurre con ellos a partir de ese momento. Revisar las obligaciones fiscales pendientes del fallecido, comprobar que todos los bienes están correctamente declarados y conocer las fechas y valores que Hacienda toma como referencia puede ahorrarnos más de un quebradero de cabeza y, sobre todo, evitar errores que después resulten difíciles de solucionar.
Fotos | Maginific, @davidjimenezabogado
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