Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "La crianza de los hijos puede aumentar la futura pensión con complementos y bonificaciones"

En el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social hay mecanismo para compensar la pérdida de cotización a causa de la crianza de los hijos

Mejoras en la jubilación por los hijos
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Nacho Viñau

Editor

Dedicarse al cuidado de un hijo durante meses, o a veces durante años, suele traducirse en menos cotización y, con el tiempo, en una pensión de jubilación más baja. Es una de las consecuencias menos visibles de la crianza, pero también una de las que más peso tiene cuando llega el momento de calcular qué va a cobrar una persona al retirarse. La Seguridad Social, sin embargo, contempla varias fórmulas para amortiguar ese efecto, y no todo el mundo las conoce ni sabe cómo combinarlas.

El funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz ha explicado en un reciente vídeo de su canal de Youtube que existen tres vías distintas para recuperar parte de esa cotización perdida por el cuidado de los hijos. Cada una funciona de forma diferente y, en algunos casos, pueden combinarse entre sí, pudiendo alargar el periodo cotizado hasta en cinco años.

El complemento para la reducción de la brecha de género

La primera herramienta es el complemento para la reducción de la brecha de género, pensado para compensar el impacto que la maternidad y la paternidad tienen en las carreras de cotización. Según explica Muñoz, este complemento permite aumentar el importe de la pensión "en función del número de hijos que hayamos tenido".

La cuantía fija se sitúa actualmente en 36,90 euros mensuales por hijo, y puede cobrarse hasta un máximo de cuatro veces. Uno de los aspectos que más ha cambiado en los últimos años es que ahora pueden solicitarlo tanto hombres como mujeres, algo que hasta hace poco no era así. Eso sí, cuando una pareja pide el complemento, solo uno de los dos progenitores puede recibirlo: en concreto, el que tenga la pensión de menor cuantía.

Bonificación por el cuidado de los hijos

La segunda vía es distinta: no se trata de un complemento económico, sino de días de cotización adicionales. La normativa permite sumar hasta 270 días por hijo durante los periodos en los que la persona deja de trabajar, siempre que ese parón se produzca "entre los 9 meses anteriores al parto y los 6 años siguientes al nacimiento".

Cotización por hijo jubilación

Esta bonificación se aplica a todas las prestaciones de la Seguridad Social, pero tiene una limitación importante: no sirve para acreditar el periodo mínimo de cotización exigido para jubilarse, que son 15 años. Sumando todos los hijos, esta bonificación puede llegar a un máximo de 1.825 días, el equivalente a cinco años adicionales de cotización.

Cotización extra por parto

La tercera opción está dirigida específicamente a las madres biológicas y consiste en una cotización ficticia adicional. Según detalla Muñoz, permite sumar "112 días por cada parto de un solo hijo o aborto de más de 6 meses, y de 14 días adicionales por hijo en caso de parto múltiple".

A diferencia de la bonificación anterior, esta cotización sí cuenta para alcanzar el periodo mínimo de 15 años necesario para acceder a la jubilación. Y también puede sumar hasta esos mismos 1.825 días, es decir, otros cinco años de cotización adicionales.

Conocer estas tres figuras y cómo se combinan puede marcar una diferencia notable en el importe final de la pensión, especialmente para quienes han pasado varios años fuera del mercado laboral por la crianza.

Fotografías | Alfonso Muñoz, drobotdean para Magnific

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