“Mamá, ¿me puedes hacer un Bizum?”, esta es una pregunta que seguro te han hecho en más de una ocasión, y es muy repetida en la mayoría de familias. Y es que estos métodos de pago a través del teléfono se han convertido en muy comunes por la comodidad que suponen en el día a día.
Sin embargo, el uso tan frecuente de estos ha hecho que Hacienda ponga la lupa en estas transferencias y que hace unos meses anunciara que a partir de enero de 2026 los pagos por teléfono estarían más controladas. Esto se debe al objetivo de limitar el fraude y evitar ocultar actividades económicas sin declarar debido al creciente uso de estos nuevos métodos de pago e incluir este control en una nueva normativa dentro del Real Decreto 253/2025.
Pero, ¿a quién va a controlar Hacienda?
Hacienda publicaba hace unos días un comunicado en el cual aclaraba que la vigilancia se centrará solo en empresas y autónomos, no en particulares. Así que el típico pago de un regalo en el que participan varios amigos, dividir la cena entre todos los comensales y después hacer un Bizum a uno o dejarle dinero a tu hijo cuando te lo pide para salir o para darle una ayuda puntual vas a poder seguir haciéndolo con total normalidad.
@bizum_es 🟢 No, te confirmamos que Hacienda NO va a controlar los bizums que haces entre tus contactos a partir de 2026. Te aclaramos cómo y a quién afectará realmente la nueva medida fiscal según lo confirmado por el Ministerio de Hacienda. #Bizum #Hacienda #AgenciaTributaria #Pagos #2026
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Hasta ahora los bancos estaban obligados a informar a la Agencia Tributaria de los movimientos superiores a 3.000 euros, pero a partir del próximo año las entidades financieras deberán declarar todos los movimientos que se realicen a través de los pagos con el móvil.
Para entender un poco mejor cómo se traduce esto en el día a día, le pregunto a al asesor financiero Luis Ignacio Fernández Irigoyen, Consultor Financiero de OVB España, y me dice lo siguiente: "A partir de 2026 cambia el sistema. Hacienda tendrá información de todos los movimientos realizados por Bizum, independientemente de la cantidad. Esto no significa que se vaya a investigar cada pago pequeño, sino que la Agencia Tributaria contará con todos los datos y podrá analizarlos si detecta algo que no encaja: importes elevados, pagos muy frecuentes o movimientos sin justificación clara".
Y, entonces, los Bizum que se hacen de padres a hijos: ¿se consideran donaciones encubiertas?
Las donaciones encubiertas son entregas de dinero sin declarar y "no existe un límite fijo en euros que marque la ilegalidad". Pero, "Hacienda se fija sobre todo en: la habitualidad, la relación entre quién paga y quién recibe y la ausencia de contraprestación", me explica el experto. "Si se repite en el tiempo y no responde a un pago real, puede considerarse donación aunque el importe no sea muy alto", puntualiza el asesor.
Pero, entonces, para entendernos, si mi padre o mi madre me hace todos los meses un Bizum de 1.000 euros, ¿se consideraría una donación encubierta? "Puede considerarse una donación encubierta si no hay una causa que justifique ese pago. Cuando una persona recibe dinero de forma recurrente y sin contraprestación (es decir, no es un sueldo, un alquiler, un préstamo documentado, etc), Hacienda puede interpretarlo como una donación, aunque se haga por Bizum y aunque sea entre familiares", nos explica el experto. Entonces, ¿hay que declararlo? "En ese caso, sí habría que declararlo como donación y pagar el impuesto correspondiente que depende de cada Comunidad Autónoma", asegura.
Así que si estás pensando en seguir haciendo este tipo de transferencias tienes que tener cuidado porque si Hacienda considera que no están dentro de la legalidad, podría "reclamarte el impuesto que no se pagó, aplicar recargos e intereses o hasta imponer una sanción económica".
Lo que está dentro del marco legal
Si, por el contrario, tus padres suelen mandarte Bizum o tu, como padre, haces algún ingreso a tus hijos mediante este método de pago, ten en cuenta que los pagos esporádicos están permitidos por la ley, y "no suelen generar problemas". El experto nos pone como ejemplos:
- Un regalo ocasional
- Un pago compartido entre amigos
- Una ayuda puntual en un momento concreto
Ahora bien, ojo porque lo que sí empieza a llamar la atención de Hacienda es:
- Que el pago sea mensual o muy frecuente
- Que el importe sea relevante
- Que no haya un motivo claro detrás
Por tanto, si tu relación con la persona que te hace unos ingresos habitualmente está justificada de una forma legal no tendrás ningún problema en realizar los recibir dichos pagos, siempre y cuando, "exista un contrato de por medio y los ingresos sean declarados", tal y como describe el experto.
Qué es lo que vigilará Hacienda a partir de enero
Según especifican en su web, Hacienda sí controlará los Bizum que reciben empresas y autónomos, mediante la información que aporten los bancos que tendrán que informar mensualmente de lo siguiente:
• Identificación de los empresarios/profesionales que reciben pagos mediante Bizum o sistemas equivalentes.
• Número de comercio y terminales de venta, si los hay.
• Importe mensual facturado por Bizum.
• Identificación de las cuentas donde se recibe ese dinero.
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