El paro entre las personas seniors está enquistado en nuestro país desde hace años, representando el 20% de los parados totales. Según datos del INE, de los 2.595.500 parados que había en España en 2024, 505.700 tenían 55 años o más. ¿El motivo? Muchas empresas discriminan a las personas de más edad buscando perfiles más jóvenes para ocupar las vacantes que quedan libres. Y eso complica la reinserción laboral de las personas de más de 50 años.
Para hacer frente a la situación y apoyar a las personas que están en situación de desempleo en la última etapa de su vida laboral, el Estado ofrece dos tipos de ayudas de las que pueden beneficiarse las personas seniors mientras siguen buscando trabajo. Estamos hablando del subsidio para mayores de 52 años y el Ingreso Mínimo Vital.
Así son las ayudas para personas seniors en situación de desempleo
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica gestionada por el Servicio Público Estatal (SEPE) que ha sido creada para personas que han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión de jubilación en el futuro, pero todavía no tienen la edad para acceder a cobrar la pensión. De hecho, esta ayuda no tiene límite temporal, y puede cobrarse de forma ininterrumpida hasta que la persona desempleada cumpla la edad legal para jubilarse, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.

El subsidio consta de una ayuda de 480 euros mensuales, y se puede compaginar con un empleo a tiempo parcial con el fin de fomentar la reinserción laboral. Además, mientras se cobra el subsidio, el Estado cotiza por la jubilación del beneficiario un 125% de la base mínima de cotización vigente cada año para que el periodo de inactividad no influya de forma negativa en la pensión.
Para acceder a esta ayuda que no tiene límite temporal, hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 52 años.
- Estar inscrito inscrito como demandante de empleo, así como mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Haber agotado previamente la prestación contributiva por desempleo concedida en función de los años trabajados.
- Estar en situación de desempleo o con trabajo a tiempo parcial.
- Tener 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años.
- Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en el recorrido total de la vida laboral.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
- Acreditar no tener rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Durante el cobro del subsidio es importante no rechazar ofertas laborales y suscribir el compromiso de actividad o búsqueda activa de trabajo.
La otra ayuda de la que se pueden beneficiar las personas mayores de 50 años es el Ingreso Mínimo Vital. Esta ayuda está gestionada por la Seguridad Social, y tiene como objetivo prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas que no disponen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
Las cuantías de esta ayuda varía en función del número de personas que viven en la unidad familiar.
- Una persona que vive sola: 658,59 euros.
- Un hogar con dos personas: 856,46 euros.
- Un hogar con tres personas: 1.054,10 euros.
- Un hogar con cuatro personas: 1.251,75 euros
- Un hogar con cinco o más miembros: un máximo de 1.449,39 euros.
Estas cantidades pueden incrementarse si en la unidad familiar hay algún miembro que sufra discapacidad (igual o superior al 65%), o si se trata de una familia monoparental. El Complemento mensual de Ayuda a la Infancia también aumentará la ayuda, dependiendo de la edad de los familiares menores.
Para solicitarlo, hay que cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener residencia en España de forma ininterrumpida desde al menos un año antes de la solicitud.
- Ingresos y patrimonio limitados. El peticionario debe demostrar que no superan los umbrales económicos fijados por la Seguridad Social, dependiendo de la composición del hogar.
- Estabilidad en la unidad de convivencia. Deben haber convivido durante un mínimo de seis meses, y tener vínculos legales o hasta el segundo grado parentesco y haber convivido durante mínimo seis meses.
¿Se pueden compaginar ambas ayudas?
Ante esta pregunta, hay que acudir en primer lugar al subsidio del Servicio Público de Empleo Estatal. Una vez que se ha cobrado la ayuda correspondiente, hay que hacer balance de ingresos para ver si todavía está dentro de las cifras establecidas en el Ingreso Mínimo Vital.
En caso de estar por debajo, se puede solicitar sin problema. Aún así, esto suele suceder como regla general para familias numerosas que tienen niveles de renta por debajo de los baremos estipulados.
Fotografías | Freepik,
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