Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "La edad de jubilación se puede adelantar hasta 4 años dependiendo de la situación personal"

Jubilación anticipada

El experto señala que mucha gente parte de un concepto equivocado a la hora de calcular su edad de jubilación

Nacho Viñau

Editor

Quien más quien menos, todos soñamos con el momento de la jubilación para poder olvidarnos del despertador y comenzar a disfrutar de esas cosas que a lo largo de nuestra vida hemos tenido que ir dejando de lado por la falta de tiempo. Viajar fuera de temporada, una visita a un balneario, ir a clases de cerámica, disfrutar de la familia sin cortapisas... son algunas de las cosas que muchos tenemos en mente. 

Pero con los cambios constantes que hay en materia de jubilación, calcular cuándo uno puede jubilarse, o lo que cobraremos de pensión por si hace falta complementar con un plan de pensiones, es bastante más complicado de lo que parece. No porque la normativa sea especialmente críptica, sino porque hay una tendencia muy extendida a simplificar el cálculo de una manera que no se ajusta a la realidad. 

A la hora de acceder a la jubilación anticipada, mucha gente da por sentado que basta con restar dos años a los 65 para saber cuándo puede retirarse, y eso, en la mayor parte de los casos, es un error de base. A eso se suma que las condiciones para acceder a la pensión cambian con cierta regularidad, lo que genera una capa adicional de confusión. La edad de jubilación ordinaria en España no es una cifra fija para todo el mundo, y entender ese detalle es el primer paso para planificar bien la salida del mercado laboral.

El error de cálculo más habitual

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y divulgador en YouTube, lo explica con bastante claridad en uno de sus vídeos: "Mucha gente parte de un concepto equivocado, ya que creen que es suficiente con restar dos o cuatro años a los 65 años y eso no funciona así si quieres saber cómo calcular tu jubilación anticipada". 

La clave, según él, está en un paso previo que casi nadie da: "Lo primero que debemos calcular es cuál es nuestra edad ordinaria de jubilación y una vez determinada esa edad ordinaria veremos a ver si podemos adelantar dos o cuatro años nuestra edad dependiendo de nuestra situación personal".

Este punto de partida cambia bastante dependiendo de los años cotizados. Como recuerda Muñoz, "si alcanzamos o superamos la cifra de 38 años y medio de cotización, nuestra edad ordinaria de jubilación será los 65 años". Sin embargo, quien no llegue a esa cifra se enfrenta a una situación diferente: "Si por el contrario no superamos esos años de cotización, nuestra edad ordinaria de jubilación serán los 67 años".

Otro matiz que muchos desconocen es que las cotizaciones no se limitan únicamente a los periodos trabajados en sentido estricto. Muñoz señala que "no solamente cuentan las cotizaciones realizadas, sino que también se pueden sumar determinados periodos que la normativa permite computar como por ejemplo las bonificaciones por hijo. Estas son las denominadas cotizaciones en la sombra". 

¿Cuánto se puede adelantar la jubilación?

Una vez determinada la edad ordinaria de jubilación, entra en juego el cálculo de la jubilación anticipada. Aquí hay dos supuestos distintos. El primero es la jubilación anticipada voluntaria, que, tal y como explica Alfonso Muñoz, "permite adelantar dos años nuestra jubilación", aunque para ello "es necesario acreditar con carácter general al menos 35 años de cotización".

El segundo supuesto es la jubilación anticipada involuntaria, que se produce cuando "el trabajador pierde su empleo por causas ajenas a su voluntad". En este caso, el umbral de cotización baja: son suficientes 33 años. Y aquí entra una duda frecuente, la del servicio militar. Muñoz confirma que sí computa: "ahí también computan el servicio militar o la prestación social sustitutoria". La combinación de estos factores es la que puede permitir, en algunos casos, jubilarse hasta cuatro años antes de la edad habitual. 

Tres ejemplos para entenderlo

Para que todo esto no quede en abstracto, Muñoz plantea tres situaciones concretas que ilustran bien las diferencias. El primero es el de un trabajador de 60 años con 30 años cotizados. Proyectando sus cotizaciones, a los 65 sumaría 35 años, que es menos de 38 años y 6 meses. Su edad ordinaria sería los 67 años y podría jubilarse dos años antes, es decir, a los 65. Sin adelanto real respecto al límite legal habitual.

El segundo caso es el de alguien de 60 años pero con 34 cotizados. A los 65 llegaría a 39 años de cotización, superando el umbral de 38 años y 6 meses. Eso significa que su edad ordinaria sería los 65 años y podría jubilarse dos años antes, a los 63. En este caso sí hay un adelanto real de cuatro años respecto a los 67 que le corresponderían de otra forma.

El tercer escenario es el de una persona que a los 60 solo acumula 25 años cotizados. A los 65 tendría 30, muy por debajo del umbral. Su edad de jubilación sería los 67 años y, además, no reuniría los requisitos mínimos para acceder a la jubilación anticipada en ninguna de sus modalidades.


El precio de jubilarse antes

Aún así, y aunque suene bien jubilarse antes de lo que toca, no es algo gratuito. Como advierte Muñoz, "las jubilaciones anticipadas llevan asociadas unos coeficientes reductores, es decir, unas penalizaciones en la cantidad de la pensión. Por tanto, no solo debemos analizar si podemos acceder a una jubilación anticipada sino que también nos interesaría conocer cuánto se reduciría nuestra pensión".

Es un detalle que muchas personas pasan por alto cuando calculan si les compensa dejar de trabajar antes. Y que en no pocos casos hace que la balanza se incline hacia esperar. El propio Muñoz lo resume con bastante claridad: "Poder jubilarse anticipadamente no significa necesariamente que sea la opción más conveniente, ya que deberíamos tomarla teniendo en cuenta también el impacto económico que tendrán los coeficientes reductores en el importe final de nuestra pensión".

Dicho de otra forma: saber que puedes jubilarte antes es solo la primera parte del cálculo. La segunda, y probablemente la más importante, es saber cuánto vas a cobrar si lo haces.

Fotografías | Alfonso Muñoz Cuenca, Freepik, Gpointstudio para Freepik

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