Ante las viviendas heredadas que tienen un okupa o una persona alquilada que no paga, las opciones legales existen, pero ninguna es rápida ni barata
Hay herencias que se convierten en un problema antes de que los herederos hayan tenido tiempo de asimilar la pérdida. Expertos como el economista Luis Garvía, advierten que "aceptar una herencia sin haberte informado antes puede arruinarte, ya que no solo heredas bienes, también deudas".
Pero más allá de las deudas que tienen muchas personas fallecidas, también hay otro asunto que conviene estudiar antes de aceptar cualquier herencia si no queremos perder dinero y salud mental: las viviendas con okupas o con personas que han dejado de pagar el alquiler.
Cuando el fallecido deja un piso con un okupa dentro (ya sea un desconocido o, cada vez más, un familiar), los herederos se enfrentan a una situación que combina la incertidumbre legal con la presión económica. El impuesto de sucesiones no espera, y el bien que supuestamente se hereda puede ser, en la práctica, inaccesible durante meses o incluso años.
Este fenómeno, que los abogados han empezado a denominar "herencia okupa", es algo que se suele ver cada vez más en los despachos. Y la respuesta de los expertos es, en su mayoría, la misma: hay que actuar cuanto antes, porque la inacción solo beneficia al que ya está dentro.
Cuando el okupa es un desconocido
El primer escenario, y el más frecuente en términos de ocupación ilegal clásica, es cuando los herederos reciben una propiedad con un okupa del que no tenían ninguna constancia. Si el propietario original no denunció la situación en vida, el problema pasa íntegramente a quienes heredan. Antonio Martínez, socio fundador del bufete Martínez Lafuente Abogados, explicó en la Cadena Cope que en estos casos "las opciones son limitadas: o iniciar el procedimiento civil para echarlo, o la peor solución, que es venderlo a un precio muy rebajado".
El problema se agrava cuando hay menores en la vivienda. Ante la perspectiva de un litigio largo y costoso, y con la obligación de tributar por un bien del que no se puede disponer, muchos herederos toman la decisión de no heredar, advierte el abogado. La recomendación inicial de Martínez es intentar una negociación. Pero si el okupa es una persona vulnerable con hijos, "la recomendación sería rechazarlo, porque va a costar mucho echarlo a corto plazo".
El okupa es uno de los herederos
El segundo escenario es más complicado emocionalmente, aunque en algunos aspectos resulte más ágil desde el punto de vista judicial. Ocurre cuando el okupa no es un extraño, sino uno de los propios herederos: habitualmente un hijo que, por dificultades económicas, lleva tiempo viviendo en la vivienda familiar y se niega a salir tras el fallecimiento de sus padres.
Antonio Martínez lo describe como una situación que "a la gente luego le cuesta mucho" abordar, y que genera disputas entre el resto de los hermanos. Sin embargo, su consejo es no dejarlo pasar: "es un problema que hay que cortarlo de raíz". Si la situación se prolonga, el heredero que ocupa la vivienda puede ir consolidando su posición (por ejemplo, si forma una familia y tiene hijos), lo que le otorga la condición de persona vulnerable y complica considerablemente cualquier desalojo futuro.
Manuel Hernández, abogado experto en herencias, explica que "La consecuencia es que esa persona se extralimita en su derecho de posesión y origina un daño y perjuicio a la comunidad hereditaria". Para este profesional, las dos opciones ante esta situación son el desahucio por precario o la división judicial de la herencia.
La elección depende de si los herederos que reclaman la desocupación cuentan o no con la mayoría dentro del reparto: cuando los coherederos que quieren recuperar el inmueble suman más del 50% de la titularidad, pueden iniciar un desahucio por precario. "Es como cuando dejas de pagar el alquiler y te interponen una demanda de desahucio, exactamente lo mismo", explica.
Cuando no hay mayoría suficiente, existe una segunda vía: el procedimiento de división judicial de herencia, en el que cada mes que el heredero permanece en la vivienda sin autorización se traduce en una deuda que se va restando de su parte de la herencia, calculada a precio de mercado.
Lo que muchos no saben es que este tipo de ocupación no es solo un conflicto civil. Según Antonio Martínez, "tiene implicaciones penales y lleva penas de cárcel, que pueden llegar hasta 8 años".
Cuando el problema es un inquilino que ha dejado de pagar
El tercer problema con el que podemos encontrarnos a la hora de heredar una casa es tener en su interior inquilinos que han dejado de pagar la renta. En estos casos, la situación es distinta a la ocupación ilegal (hay un contrato de por medio, lo que cambia el marco legal) pero el resultado práctico para el heredero puede ser igual de frustrante.
Lo primero que conviene saber es que el fallecimiento del arrendador no extingue el contrato. El arrendatario sigue obligado a pagar y a cumplir las condiciones pactadas; lo que cambia es quién cobra. Según JR Abogados, uno de los errores más habituales en estos casos es no notificar al inquilino el cambio de perceptor con rapidez. Hasta que no se le comunica fehacientemente a quién debe pagar y en qué cuenta, los pagos pueden quedar en el aire y la prueba del impago se complica.
El procedimiento para recuperar la vivienda es el desahucio por falta de pago, y puede iniciarse sin esperar a que la herencia esté repartida. La comunidad hereditaria tiene legitimación para demandar, y en la demanda pueden reclamarse tanto las rentas ya vencidas como las que se vayan devengando hasta la entrega efectiva de llaves.
En este punto hay un detalle que conviene no pasar por alto: si antes de demandar se envía un burofax concediendo al inquilino 30 días para regularizar la deuda, se cierra la posibilidad de que este pague en el último momento tras la admisión de la demanda (lo que se conoce como enervar el desahucio) y así se evita que el proceso se alargue innecesariamente.
Qué hacer antes de que sea tarde
Tanto si el okupa es un desconocido como si es familiar, el protocolo legal recomendado pasa siempre por los mismos pasos. Notificar fehacientemente quién cobra y cómo, documentar la deuda, y actuar antes de que la situación se enquiste. Desde JR Abogados insisten en que uno de los errores más frecuentes es esperar a que la herencia esté formalmente repartida para iniciar acciones: la ley permite actuar antes, y la demora solo beneficia al ocupante.
En cualquier caso, la conclusión que se extrae de todos estos expertos es bastante clara. Heredar un piso okupado no es una situación sin salida, pero tampoco es una que se resuelva sola. Cuanto antes se actúe y mejor asesoramiento se tenga, menos margen habrá para que la situación se complique.
Fotografías | Freepik, shurkin_son
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