Los cambios para 2026 en fiscalidad respecto a herencias: qué cambia si vives en Valencia, Galicia y qué se mantiene en otras Comunidades Autónomas

Dependiendo de la zona de España en la que vivas, el nuevo año trae novedades fiscales en materia de herencias

Nacho Viñau

Editor

Por mucho que no nos guste pensar en ello, la muerte de un familiar no solo trae tristeza y pérdida emocional. También llega acompañada de un buen puñado de trámites burocráticos y, sobre todo, de facturas fiscales que pueden complicar mucho las cosas. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha sido durante años uno de los tributos más criticados de España, principalmente porque la cantidad a pagar depende más del código postal en el que vives, que de la herencia en sí.

Pero hay buenas noticias. Para 2026 llegan cambios importantes que harán que heredar sea bastante más económico en varias comunidades autónomas. Algunos de estos cambios ya están en marcha desde 2025, pero la mayoría tendrán efecto pleno a partir del próximo año. Vamos a desgranarlo todo, punto por punto, para que sepas exactamente qué te espera dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que vivas.

La revolución de la Comunidad Valenciana: bonificaciones progresivas que cambiarán el mapa fiscal

Una de las grandes protagonistas de las reformas fiscales en herencias es la Comunidad Valenciana. Con la Ley 5/2025, publicada el 31 de mayo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, la región ha dado un paso más allá en la reducción de la carga fiscal para las familias.

Bonificación del 99% consolidada para familiares directos

Ya desde 2023, Valencia ofrece una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para padres, hijos y cónyuges (grupos I y II de parentesco). Esto significa que, en la práctica, heredar entre estos familiares directos apenas cuesta nada. Una herencia de 200.000 euros, por ejemplo, puede quedarse en apenas 50 euros de impuesto tras aplicar reducciones y bonificaciones.

Esta medida, que podría parecer anecdótica, ha sido fundamental para alinear a Valencia con comunidades como Madrid o Andalucía, que ya contaban con beneficios similares. Y la han mantenido intacta para 2026, así que los familiares directos pueden respirar tranquilos.

La gran novedad: tíos, sobrinos y hermanos también se benefician

Pero lo realmente interesante viene con el grupo III de parentesco, que incluye a hermanos, tíos y sobrinos. Hasta ahora, estos familiares pagaban el impuesto de Sucesiones sin apenas bonificaciones, lo que suponía una factura considerable. Pero la Ley 5/2025 introduce una bonificación progresiva que se aplicará de la siguiente manera:

  • Desde el 1 de junio de 2026: bonificación del 25% sobre la cuota tributaria para herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos.
  • Desde el 1 de junio de 2027: esta bonificación se ampliará hasta el 50%.

¿Qué significa esto en términos reales? Pongamos un ejemplo: si un tío deja 120.000 euros a su sobrino, antes tendría que pagar alrededor de 15.960 euros en impuestos. Con la bonificación del 25% en 2026, pagaría unos 11.970 euros, ahorrándose casi 4.000 euros. Y a partir de 2027, con la bonificación del 50%, la factura bajaría a 7.980 euros. Un ahorro directo de 7.980 euros respecto a la situación anterior.

Según explican desde Heredatem, este cambio responde a la voluntad del Consell de aproximar el trato fiscal de los familiares de segundo grado al concedido en otras comunidades autónomas, además de incentivar que los patrimonios familiares permanezcan dentro del núcleo familiar ampliado.

El Impuesto sobre el Patrimonio sube su mínimo exento: más familias quedan liberadas

Otro cambio relevante que afecta indirectamente a las herencias es el incremento del mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad Valenciana. A partir del 31 de diciembre de 2025, el límite exento pasará de 500.000 euros a 1.000.000 de euros para los residentes fiscales en la Comunidad.

Esto significa que muchas familias con un patrimonio considerable dejarán de pagar este impuesto o pagarán significativamente menos. Aunque no afecta directamente al Impuesto de Sucesiones, sí que tiene un impacto indirecto importante: al reducirse la carga tributaria global del patrimonio, las familias pueden planificar mejor las transmisiones y donaciones en vida sin que el peso fiscal sea un obstáculo insalvable.

Galicia quiere hacer cambios en la aplicación de reducciones por parentesco y discapacidad 

Galicia ha propuesto —en el Proyecto de Ley de medidas fiscales y administrativas para el 2026 de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el que se incluyen modificaciones fiscales en varios impuestos, tanto cedidos como propios, una modificación al ISD para limitar la aplicación de reducciones por parentesco y discapacidad a una sola vez por causante y causahabiente.

El texto del proyecto de ley gallego que acompaña los presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2026 incorpora esa regla concreta en el artículo 6 del texto refundido de tributos cedidos: recoge que las reducciones por parentesco y discapacidad son únicas y acumulativas entre las mismas personas y, por tanto, solo se pueden aplicar hasta que se agoten, aunque haya varios hechos imponibles entre las mismas partes (por ejemplo, en varias herencias o transmisiones entre las mismas partes). Su aprobación definitiva y su fecha de aplicación dependerá del calendario parlamentario gallego.

Cambios de 2025 que se mantienen vigentes en otras comunidades

Madrid amplía sus bonificaciones para hermanos, tíos y sobrinos

Madrid, que ya era una de las comunidades más favorables para heredar gracias a su bonificación del 99% para familiares directos, también ha dado un paso adelante. En julio de 2025, amplió la bonificación del 25% al 50% para las operaciones entre hermanos, tíos y sobrinos. Esto convierte a la región en la primera que introduce esta deducción tanto en herencias como en donaciones para este grado de parentesco. Y esa misma bonificación seguirá activa en 2026. 

Como explican desde Martínez Lafuente Abogados, Madrid mantiene así su posición como la comunidad autónoma con la fiscalidad más favorable en materia de sucesiones en España, aplicando bonificaciones significativas con independencia de la cuantía de la herencia.

Andalucía: exenciones millonarias que se mantienen en 2026

Andalucía sigue siendo una de las comunidades más generosas en materia de herencias. Los cambios introducidos en la última reforma se mantienen para 2026, ofreciendo una reducción de hasta un millón de euros para descendientes, cónyuges y ascendientes, con una bonificación del 99% a partir del millón. Para familiares de segundo y tercer grado (hermanos, sobrinos y tíos), la reducción llega a los 250.000 euros.

Castilla-La Mancha: bonificaciones del 100% para menores y del 80% para el resto

En Castilla-La Mancha, los menores de 21 años cuentan con una bonificación del 100% del Impuesto de Sucesiones, mientras que los mayores de esta edad reciben un 80% si la herencia no supera los 300.000 euros. Como señalan desde GAC Grup, estas medidas buscan facilitar la transmisión de patrimonio entre generaciones sin que el impuesto suponga una barrera económica insalvable.

Asturias, Cantabria y Extremadura también mejoraron la fiscalidad de las herencias

Asturias ofrece exención para los grupos I y II (descendientes, cónyuges y ascendientes) en herencias de hasta 300.000 euros, con una bonificación del 99% para víctimas de violencia de género. Cantabria aplica bonificaciones del 90% al 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges.

Y Extremadura ha eliminado el Impuesto de Sucesiones para familiares con vínculos especiales, ampliando la bonificación del 100% (que antes solo aplicaba a grupos I y II hasta 500.000 euros) a sobrinos, hijastros y otros familiares con vínculos especiales, incluso si no existe consanguinidad cercana.

País Vasco y Navarra: las comunidades con mayor exención

El País Vasco y Navarra mantienen sus regímenes fiscales propios, que son especialmente favorables. En el País Vasco, las herencias inferiores a 400.000 euros están completamente exentas para descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho. A partir de esta cifra, se aplica un tipo impositivo del 1,5%.

En Navarra, para cónyuges, a la tarifa se aplica un tipo del 0% hasta los 250.000 euros. A partir de ahí, el gravamen es del 0,8%. Para ascendientes y descendientes en línea recta por consanguinidad los tipos se elevan desde el 2% hasta el 16%.

Claves para aprovechar las nuevas bonificaciones

Si vas a heredar en 2026 o estás planificando la transmisión de tu patrimonio, estos son los puntos clave que debes tener en cuenta:

Residencia fiscal: asegúrate de conocer la comunidad autónoma donde reside fiscalmente el fallecido, ya que es donde se liquidará el impuesto. En el caso de donaciones, el impuesto se paga en la comunidad del receptor de los bienes (o donde estén ubicados si son inmuebles).

Planificación anticipada: las donaciones en vida pueden ser una estrategia fiscal muy ventajosa, especialmente si se formalizan dentro de un plan sucesorio notarial. Consulta con un asesor fiscal para estudiar tu caso.

Vivienda habitual: si heredas la vivienda habitual del fallecido y te comprometes a mantenerla durante un periodo mínimo (generalmente cinco años), podrás aplicar reducciones adicionales sustanciales en la base imponible.

Plazos: recuerda que tienes seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Es posible solicitar una prórroga de seis meses adicionales, pero debe hacerse dentro de los primeros cinco meses.

Documentación: asegúrate de reunir toda la documentación necesaria: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento (o declaración de herederos), valoración de los bienes, etc.

Asesoramiento profesional: dada la complejidad del impuesto y las diferencias entre comunidades, es altamente recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en herencias o un asesor fiscal. Los costes de este asesoramiento suelen ser mínimos comparados con el ahorro fiscal que podemos conseguir.

Fotografías | Shurkin_son, Freepik, Freepik

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