Nuria Ocaña, abogada: "El capital del seguro de vida no forma parte de la herencia, lo cobra la persona beneficiaria que figura en la póliza, con independencia de quiénes sean los herederos; es un error frecuente"

Nuria Ocana Seguro Vida

Cuando fallece una persona, no todo el dinero que deja se reparte de la misma manera por eso conviene estar siempre informado

Sara Hormigo

Editora

Cuando se deja una herencia o los bienes de una persona al fallecer, no todo sigue las mismas normas. Hay algunas cantidades que pasan a formar parte de dicha herencia, pero otras como, por ejemplo, los seguros de vida, tienen un procedimiento diferente, y precisamente, esto es algo que no todo el mundo sabe. El capital de un seguro de vida puede tener un destinatario distinto al del resto del patrimonio por lo que es importante diferenciar ambos conceptos a la hora de afrontar una sucesión. 

La abogada experta en herencias, Nuria Ocaña, lo explica así en uno de sus vídeos de redes sociales. "El capital del seguro de vida no forma parte de la herencia. Se cobra directamente por la persona designada como beneficiaria en la póliza, con independencia de quienes sean los herederos". 

Esto hace que se puedan dar situaciones, que pueden sorprender mucho en el momento del reparto de la herencia. Por ejemplo, según cuenta la abogada, "puede ocurrir que una persona no herede nada y, sin embargo, cobre el seguro de vida. O, al contrario, que un heredero no tenga derecho a percibirlo porque no ha sido designado como beneficiario en el seguro de vida". Y, añade: "Es un error muy frecuente que veo en las personas".

Una protección económica para tus hijos

Y es que los segundos de vida tienen el objetivo de establecer un capital y designar a las personas que lo percibirán cuando fallezca el asegurado, actuando como una protección económica para la familia

Aunque queramos dejar a nuestros hijos lo mejor para su futuro, a veces se nos complica el ahorro y porque, además de esto, hay que pagar hipotecas, gastos mensuales, facturas… para facilitar estas situaciones están, entre otras fórmulas los seguros de vida. 

De hecho, estos permiten dejar una cantidad concreta a los destinatarios sin la necesidad de haber conseguido acumular previamente el capital en la cuenta de ahorro. Pero, ojo, porque cuanto mayor sea la cantidad, mayor será la prima a pagar al mes. Por lo que si una de las opciones que barajas es contratar un seguro de vida debes tener bien claro quien figurará en el contrato como beneficiario para el día que fallezcas y qué cantidad establece la póliza. Esto es fundamental para en un futuro evitar sorpresas y asegurarse de que el capital llega a las personas que realmente se quieren proteger.

Otras fórmulas para ahorrar y cómo pueden percibirlas los herederos

Existen otros tipos de protección económica para los hijos o familiares que permiten ir construyendo un patrimonio de cara al futuro. Cada una tiene sus propias reglas y no siempre se hereda de la misma manera, por lo que conviene estar informado de todo ello:

  • Cuentas de ahorro: es lo más sencillo. Ir acumulando dinero en una cuenta de ahorro o en depósitos bancarios. El titular de ese dinero pasa, con carácter general, a formar parte de la herencia.
  • Fondos de inversión: invertir periódicamente en un fondo de inversión para construir un patrimonio a largo plazo. Si el titular fallece, las participaciones que tuviera pasan a sus herederos conforme el testamento, o si no existe, según las reglas de sucesión legal.
  • Acciones y otros valores: Pueden transmitirse a hijos mediante herencia. En este caso, los títulos forman parte del patrimonio del fallecido y se reparten según lo establecido en el testamento o según la sucesión legal.
  • Planes de pensiones: estos funcionan de manera diferente, ya que el dinero acumulado no se integra necesariamente en la herencia como el saldo de una cuenta bancaria. El titular puede designar expresamente a uno o varios beneficiarios en caso de del supuesto fallecimiento. Si no, habrá que acudir a lo previsto en las condiciones del plan para determinar quién tiene derecho a cobrarla.

Fotos | Tik Tok @nuria_ocanaperez, Magnific

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