Un notario, sobre si es mejor heredar un piso o que te lo den en vida: “La donación tiene un impuesto que pagaría el hijo”

La donación genera dos impuestos y es algo que la gente no suele tener en cuenta

Nacho Viñau

Editor

Cuando se trata de planificar la transmisión de una vivienda familiar, muchas personas dudan entre dos opciones: dejarla en herencia a través de un testamento o donarla en vida a sus hijos. La decisión, además de tener implicaciones personales, tiene consecuencias fiscales que pueden marcar una diferencia importante en lo que finalmente recibe cada heredero.

Eugenio de Vicente, notario y decano del Colegio Notarial de Navarra, ha abordado esta cuestión en una entrevista publicada en Diario de Navarra. Su recomendación parte de una realidad fiscal que muchos no contemplan de entrada: no todas las formas de traspasar un inmueble son equitativas en términos de impuestos.

Cuál es la mejor opción para pagar menos impuestos a la hora de dejar la casa a los hijos

Según de Vicente, “es mejor heredar que recibir por donación porque la donación genera dos impuestos y es algo que la gente no suele tener en cuenta”, una conclusión que sitúa la balanza a favor de esperar a la herencia en lugar de anticiparla mediante una donación en vida. 

¿Por qué ese coste extra? El notario explica que la donación de padres a hijos conlleva un impuesto sobre donaciones —"tiene un impuesto del 0,8%, que no es mucho y que pagaría el hijo"—, pero además puede generar un efecto fiscal adicional para el donante. En concreto, "hay otro impuesto que se llama incremento de patrimonio en el IRPF", que grava la diferencia entre el valor original de adquisición del inmueble y el valor que tiene en el momento de la donación. 

Ese segundo tributo suele pasar desapercibido en los cálculos habituales, pero puede significar que, a pesar de parecer ventajosa en principio, una donación en vida termine teniendo un coste global mayor para la familia que esperar a la transmisión por herencia.

De Vicente también destaca la importancia de consultar con un asesor fiscal o directamente con Hacienda antes de decidir el camino a seguir, precisamente para cuantificar los efectos impositivos en cada caso concreto. “Por eso, antes de tomar una decisión, de Vicente recomienda consultar a un asesor fiscal o preguntar en Hacienda por las consecuencias en cada caso”, recoge la entrevista. 

En el caso de heredar directamente tras el fallecimiento del titular del piso, los impuestos que gravan la transmisión tienen formas y porcentajes que dependen de la normativa autonómica (por ejemplo, el Impuesto de Sucesiones o la plusvalía municipal) y, en muchos casos, existen reducciones o bonificaciones para herederos directos que pueden aliviar la carga. 

La conclusión del notario es clara: no existe una respuesta universal aplicable a todos los casos, pero desde una perspectiva fiscal, heredar puede resultar menos gravoso que donar. Es una decisión que merece ser analizada con calma, consejo profesional y atención a la normativa vigente en cada comunidad autónoma.

Fotografías | Notaría Eugenio de Vicente, Freepik, Freepik

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