
Cuando una persona fallece, el dinero depositado en la cuenta bancaria de la que es titular queda bloqueado por la entidad bancaria
Cuando alguien fallece, los familiares suelen verse desbordados. Hasta que no se muere un familiar cercano, no eres realmente consciente de todos los trámites que hay que realizar de forma paralela al dolor y al shock emocional que provoca esa desaparición.
En ese sentido, la lista de gestiones se acumulan mientras tenemos la cabeza en otra cosa. Desde el registro civil a la funeraria, pasando por el papeleo del entierro o el propio testamento. Y, tarde o temprano, una llamada al banco que casi nadie tiene ganas de hacer. Ahí es donde empiezan las dudas.
Lo primero que descubren muchos herederos es que el dinero de la persona fallecida deja de estar disponible de un día para otro. En cuanto la entidad bancaria tiene constancia de la defunción, bloquea el acceso a las cuentas, y ese bloqueo se mantiene hasta que se resuelve la herencia a causa de una obligación fiscal.
David Jiménez, economista y abogado especializado en herencias, lo explica en un vídeo publicado en su cuenta de TikTok. Según explica, el bloqueo busca asegurar que se liquide el Impuesto de Sucesiones antes de que el dinero cambie de manos. "La ley establece que si el heredero no paga el impuesto, lo hará la entidad financiera", señala Jiménez. Ahí está la clave de todo: el banco responde de forma subsidiaria ante Hacienda, así que hasta que no ve los papeles en regla, no suelta ni un euro dentro de la filosofía de 'la banca nunca pierde'.
Para desbloquear el saldo por completo, los herederos tienen que presentar el justificante de haber liquidado el impuesto. Hasta entonces, la cuenta queda congelada. Pero congelada no significa inaccesible del todo, y ese matiz es el que más dudas genera entre quienes se enfrentan a esto por primera vez.
Gastos que el banco sí debe cubrir
Existe una excepción que muchas familias desconocen, y que resulta especialmente útil en los primeros días tras el fallecimiento, cuando hay que pagar la funeraria y el tanatorio sin tener aún resuelto nada de la herencia. "El banco debe permitir utilizar el dinero del fallecido para cubrir gastos esenciales, como los del entierro", afirma el abogado.
Esto incluye la factura del servicio funerario y otros gastos directamente relacionados con el sepelio. Para acceder a ese dinero, basta con presentar en la oficina la factura correspondiente, emitida a nombre de la persona fallecida. El banco no suele entregar el efectivo sin más: lo habitual es que transfiera el importe directamente a la empresa funeraria o utilice un medio de pago que deje constancia de que el destino del dinero es ese y no otro.
El mismo mecanismo se aplica al propio Impuesto de Sucesiones. Si los herederos presentan el documento de autoliquidación, el banco puede transferir esa cantidad directamente a la Administración, sin necesidad de esperar a que se resuelva toda la tramitación. Una vez acreditado el pago y presentada la documentación de la herencia, el resto del saldo queda liberado.
Son dos excepciones puntuales dentro de un proceso que, por lo general, se alarga varias semanas o incluso meses. Pero conocerlas evita que una familia tenga que adelantar de su propio bolsillo unos gastos que, legalmente, pueden salir de la cuenta bloqueada.
Fotografías | David Jiménez, jannoon028, Magnific
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