Madrid se llena de corazones que alegran los atascos pero, ¿qué pasa si "pillan" a su autor?

Madrid se llena de corazones que alegran los atascos pero, ¿qué pasa si "pillan" a su autor?
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La M30 está cubierta de corazones. Un grafitero anónimo ha decidido llenar de color las grisaceas carreteras madrileñas, animando el día a día a los conductores. Pero, aunque está claro el sentimiento de gratitud generalizado, este hecho "tan bonito" puede acarrear consecuencias penales. Las ordenanzas municipales condenan estos actos.

El cupido del spray, como se le ha llamado, ha conseguido conquistar a los madrileños a partes iguales. Para los ciudadanos, sus corazones, calificados como muy bonitos y llenos de buen rollo por la comunidad twittera, no molestan como hace el resto de muestras de street art.

Esta agradable acogida ha animado al artista a pintar muchos más, ampliando la gama cromática y adentrándose al centro de la ciudad. Y, aunque él prefiere mantenerse en el anonimato, no ha querido perder la ocasión de agradecer a sus fans todo el cariño. Las cartas personalizadas con corazones son su último paso.

En esta ocasión, sólo hay muestras de agradecimiento pero el arte callejero no siempre es bien recibido. Analizamos qué dicen las leyes acerca de estas acciones. Se abre el debate.

¿Arte o vandalismo? Un debate que no termina nunca

Decenas de estas muestras de arte adornan nuestras ciudades y se entremezclan con el paisaje urbano, pero la línea roja que separa el arte del vandalismo es muy difusa y lo que para unos es Arte con mayúscula, y lo defienden por encima de todo, para otros es un atentado contra los bienes públicos y debería ser castigado.

Sí, al igual que Banksy con su última acción en París, que ya os contamos aquí, o el trabajo de otros artistas como Jean Michel Basquiat, Suso 33, Muelle, Borondo, Spy, Okuda o Jonipunto, los partidarios de los graffitis explican que con ellos pretenden expresan ideas, emocionarnos o denunciar un problema, mostrarnos un punto de vista del mundo y como tal se merecerían ser considerados como obras de arte por sí mismos.

Por otro lado, los que están en contra de los graffitis denuncian que estos aparecen en los sitios más inadecuados. En fachadas de edificios que ya en sí mismos son obras de arte, en las puertas de negocios que ya han pagado por tener una imagen que ellos mismos han decidido, en los vagones del metro que pagamos entre todos...

El street art tiene un precio. Y a veces sale demasiado caro

Muchas autoridades municipales tienen claro que los graffitis atentan contra la propiedad pública o privada y que tienen que ser eliminados y sus autores perseguidos.

En el caso concreto del Ayuntamiento de Madrid, el autor de los corazones que tanto nos han enamorado y que tienen tantos fans en las redes sociales podría ser sancionado económicamente con una multa mínima de 300 euros pero que puede llegar a subir mucho más. Y duplicarse hasta los 6.000 euros en caso de ser reincidente. Estas penas se recogen en la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos:

  1. Se prohíbe realizar cualquier clase de pintadas, graffitis e inscripciones, tanto en los espacios públicos como sobre el mobiliario urbano, o sobre muros, paredes de edificios, fachadas, estatuas, monumentos, arbolado urbano público y, en general, cualquier elemento integrante de la ciudad.
  2. El coste del servicio por su limpieza se imputará a quienes realicen las mismas y subsidiariamente, en el caso de menores de edad, a quienes ostenten su patria potestad o tutela, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, procedan.

En los últimos meses, el Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha otra solución a este problema: un programa voluntario con el objetivo de educar por el respeto al patrimonio público y al que se apuntan los artistas graffiteros que han sido cazados “in fraganti”. En estos casos el Ayuntamiento ofrece condonar multas previstas en la legislación municipal a cambio de una o varias jornadas de limpieza de pintadas a lo largo de la ciudad.

Pero los graffitis no solo pueden salir caros a los artistas que los hacen. La Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos o el artículo 2.2.4 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid establecen que los inmuebles y los establecimientos son los responsables de mantener limpias sus fachadas y las partes más visibles de los mismos. Si tienen graffitis en sus fachadas también están incumpliendo la ley y tienen que pagar una multa, vamos.

De todas maneras, cada caso es especial y las penas pueden ser meras multas o agravarse, tal y como nos ha contado un abogado que hemos consultado: "Si nos ajustásemos al tenor literal del Código Penal, si los daños ocasionados superan los 400 euros y afectando a zonas de dominio público se podría tramitar penalmente, incluso por el tipo agravado, pero hay que estar más al caso concreto y a criterios de equidad, porque las consecuencias son bastante graves y estamos hablando de pintadas al fin y al cabo. Los Jueces modulan mucho. Si no superase los 400 euros de daños (siempre hay que acreditar) se podría tramitar como juicio leve. Antes, cuando existían las faltas se tramitaba como “deslucimiento”, ahí es donde jugaba el tema de qué se entiende por deslucimiento y qué daños".

"Lo más normal es que si hay daños y están identificados los culpables se haga una reclamación civil. Es decir, se les demanda civilmente y probando que llevaron a cabo las pintadas, la realidad de los daños y la relación de causalidad, se les condenaría. Por otro lado, por ejemplo la famosa Ley 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana establece ya en su Art. 37 unas faltas leves con sanciones administrativas entre las que se encuentra daños o el deslucimiento de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, así como de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, cuando no constituyan infracción penal. Aquí estaríamos ante sanciones administrativas que según el Art. 39 señalan multas de entre 100 y 600 euros", nos explica esta experta en Derecho.

Madrid no es la única ciudad que castiga a los artistas callejeros.

En Bonn, por ejemplo, los artistas callejeros pagan multas de entre 200 y 300 euros o se ven obligados a realizar trabajos sociales ayudando a limpiar las fachadas con sus graffitis si no tienen dinero para pagar.

En Londres el riesgo puede llegar a ser mayor, aunque tiene fijada una multa mínima de 75 libras (unos 84 euros, aproximadamente) dentro de su normativa Clean Neighborhoods and Environment Act.

Pero, al igual que nos ha contado nuestro experto legal, cuando estamos hablando de grandes daños a la propiedad o incluso de graffitis racistas, según la ley del año 1971 (Criminal Damages) pueden a llegar a ser condenados por multas de más de 5.000 libras (unos 5.600 euros, aproximadamente) e incluso acabar con penas de cárcel

En Nueva York hay muchos factores que influyen en la multa por realizar un graffiti, pero las multas mínimas son entre 250 y 500 dólares (entre unos 210 y 420 euros, aproximadamente). La multa depende de si es la primera vez o si se es reincidente.

Si es la primera vez el problema muchas veces se soluciona participando en un programa del Ayuntamiento para la limpieza de las calles o de realizar servicios comunitarios, pero si hablamos de casos más graves o de allanamiento de propiedades privadas, estamos hablando de vandalismo y de un delito de Clase D, que implica una multa por encima de los 1.500 dólares.

A otro nivel, en Estados Unidos el caso Shepard Fairey (el mundialmente reconocido artista del retrato de tricolor de Obama) traspasó fronteras debido a una acusación de delitos graves con cinco años de cárcel y una multa de 10.000 dólares.

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